UNA PEQUEÑA GRAN VICTORIA POR UN MUNDO MEJOR: Reconocimiento del río Portoviejo como entidad con derechos subjetivos
- Euromed

- 15 ene
- 3 Min. de lectura
Paso a felicitar a nuestro colega investigador del OBSERVATORIO, el Prof. Marcelo Toala, de la Universidad Técnica de Malabí, Ecuador.
Toala ha sabido combinar la labor académica y sus responsabilidades universitarias con una verdadera pasión por la defensa de un mundo mejor. Sus trabajos sobre ecología, protección del medio ambiente, su lucha por los derechos de la Naturaleza, se convierten, paso a paso, en verdaderos instrumentos para la defensa del ecosistema y de nosotros, los hombres y mujeres que lo habitamos.
Formulo esta felicitación por su reciente triunfo en la defensa del Rio Portoviejo, en la región de Malabí. A través de sus acciones procesales, un trabajo que suma la acción jurídica con la académica, ha conseguido una primerísima sentencia que abre la vía a nuevos pronunciamientos.
¡EL RIO, COMO LA MISMA NATURALEZA, TIENEN DERECHOS!
Felicidades, profesor Toala. Una felicitación que extiendo a todos los que amamos la naturaleza y luchamos por defenderla.
Se declara al río Portoviejo (Ecuador) como sujeto de derechos y protección.
Fernando Oliván
Director Observatorio Euromediterráneo
Reconocimiento del río Portoviejo como entidad con derechos subjetivos
El 9 de enero de 2026, el Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Ana (Ecuador), Dr. Manuel Ruiz, dictó sentencia oral mediante la cual dispuso un conjunto de medidas de restauración, entre las que destacan:
declaratoria del río Portoviejo como sujeto de derechos y de protección;
medidas de corto plazo: el cese inmediato de las descargas de aguas residuales al río;
medidas de mediano plazo: la elaboración de un plan que contemple los estudios técnicos para la contratación e implementación de un sistema de rehabilitación/tratamiento de aguas residuales con enfoque de soluciones basadas en la naturaleza;
designación de guardianes del río para el seguimiento y verificación del cumplimiento de la sentencia: el Colectivo Intercomunitario de Defensa del Río (CIDER), el Observatorio del Agua, la Asamblea Cantonal de Santa Ana y la Defensoría del Pueblo (Delegación Manabí).

El acervo probatorio que sustentó la constatación de la contaminación del río estuvo integrado, por estudios químicos, registro fotográfico, revisión de instrumentos de planificación del desarrollo y del Plan Operativo Anual (POA 2025) del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Santa Ana, literatura especializada y criterios técnicos de expertos. En este último componente participaron, entre otros, Xavier Valencia (exviceministro del Agua en Ecuador) y Ramiro Molina (historiador vitalicio de Portoviejo), además de profesionales y activistas vinculados a la defensa ambiental.
Estos insumos permitieron la construcción de una teoría del caso solvente por parte de los abogados patrocinadores Johnny Marcelo Toala Rivas y John Henry García Tapia, orientada a demostrar la existencia de una contaminación sistémica e histórica, atribuida a acciones y omisiones del GAD municipal del cantón Santa Ana.
Asimismo, se registró la intervención de amicus curiae de destacados juristas y académicos, entre ellos: Ramiro Ávila Santamaría (exjuez de la Corte Constitucional del Ecuador), Rubén Darío Pavón (Defensoría del Pueblo), Arturo Luque (Universidad Técnica de Manabí), Elvis Salazar (Escuela Politécnica Agropecuaria de Manabí) y Fabricio Panchana Romero (abogado activista). Estas contribuciones fortalecieron un enfoque multidisciplinario del problema de contaminación y aportaron insumos para mejor resolver del juez.
En términos de política pública local, la decisión implica una reorientación estructural de la planificación del desarrollo territorial, alineada con la restauración ecológica, el cuidado del ecosistema y la adopción de soluciones basadas en la naturaleza como eje de intervención.
El proceso fue liderado por el Ab. Marcelo Toala Rivas, doctorando del Programa de Ciencias Sociales de la Universidad Rey Juan Carlos, como producto de su investigación doctoral, bajo la dirección del Dr. Fernando Oliván López y del Dr. Arturo Luque.
Finalmente, en el marco del constitucionalismo andino, el Ecuador es un país que reconoce los derechos de la naturaleza a nivel constitucional. En este contexto, se ha reconocido a cinco ríos como sujetos de derechos: Machángara, Monjas, Vilcabamba, Aquepi y Portoviejo.
Referencia:
Consejo de la Judicatura. (9 de enero de 2026). Proceso No. 3315202500701: Acción constitucional de protección (Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Ana). Verificar en: https://procesosjudiciales.funcionjudicial.gob.ec/busqueda








Comentarios